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Muertes de bebés. Caso Neonatal: la Cámara 7ª rechazó el pedido de nulidad planteado por la defensa de Brenda Agüero

Los jueces consideraron que no hubo ocultamiento de información por parte de una jurado popular y ratificaron la validez del juicio.

26 de agosto de 2025 a las 03:10 p. m.
Caso Neonatal: la Cámara 7ª rechazó el pedido de nulidad planteado por la defensa de Brenda Agüero
Lectura de sentencia del juicio del Neonatal. (Pedro Castillo / La Voz)

La Cámara 7ª del Crimen de Córdoba rechazó este martes un planteo de nulidad presentado por la defensa de Brenda Cecilia Agüero, la enfermera condenada a perpetua por los ataques a bebés en el hospital Materno Neonatal de la capital provincial, durante 2022.

Los abogados Gustavo Nievas y Juan Manuel Riveros habían solicitado que se anularan todos los actos procesales en los que participó la jurado popular Melina Abril Soria, alegando que ocultó información clave que comprometía su imparcialidad, datos que surgieron en una entrevista que dio al semanario Perfil.

El tribunal, integrado por los vocales José Daniel Cesano, Laura Huberman y Patricia Soria, resolvió que no hubo ocultamiento ni violación de normas procesales, y que la selección de jurados se realizó conforme a la ley vigente.

El planteo de la defensa

Los defensores de Agüero sostuvieron que Soria ocultó dos datos relevantes durante la audiencia de selección de jurados (“voir dire”), realizada en diciembre de 2024: que había sido paciente del hospital Neonatal durante un embarazo en 2022 y que tenía un vínculo académico con una de las imputadas, la enfermera Alicia Ariza, docente en la carrera de Enfermería que cursaba la jurado.

Según los abogados, estas circunstancias colocaban a Soria en una situación de “extrema parcialidad” y afectaban el principio de imparcialidad que debe regir en todo tribunal. También cuestionaron la dinámica del “voir dire”, que calificaron de apresurada, con pocas preguntas y sin tiempo para analizar adecuadamente las respuestas de los candidatos.

El planteo de nulidad fue acompañado con sus propios argumentos por otras defensas, entre ellas la de Alejandro Escudero Salama y la de Adriana Moralez, ambos condenados en el mismo juicio. También recurrieron Felipe Trucco y José Ferrer Vieyra, abogados de la exdirectora del Neonatal, Liliana Asís, y de la exjefa de Neonatalogía, Marta Gómez Flores, también condenadas, aunque lo hicieron en el recurso de casación general, el que cuestiona la sentencia. Lo mismo hizo Justiniano Martínez, en nombre de Pablo Carvajal, exsecretario de Salud de la Provincia.

La oposición de las querellas y la Fiscalía

Tanto el Ministerio Público Fiscal como las querellas particulares –la representada por Carlos Nayi, Ana Pagliano y Daniela Morales Leanza junto a Nicolás Ruades– solicitaron el rechazo del planteo.

Argumentaron que no existió ningún ocultamiento de parte de la jurado y que el cuestionario inicial ya consignaba que Soria era estudiante de enfermería y usuaria del sistema público de salud.

Para Nayi, la defensa pretendía ahora alegar un “déficit propio” en la estrategia de selección, lo que “no puede transformarse en causal de nulidad”. Además, negó que se hubieran verificado en la sala de audiencias las supuestas reacciones emocionales atribuidas a la jurado.

La defensora Pública Penal del 24° Turno, Ana Pagliano, advirtió que una eventual repetición del juicio implicaría un “grave riesgo de revictimización para los niños sobrevivientes y sus familias, en contravención con tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño”.

El fiscal de Cámara, por su parte, sostuvo que los planteos de la defensa encuadraban más en una recusación extemporánea que en una nulidad, y que la sentencia debía mantenerse firme.

Los argumentos de la Cámara

En su resolución, la Cámara 7ª consideró que la audiencia de selección de jurados se desarrolló con “absoluto respeto” de la normativa y que no se comprobó ningún ocultamiento de información.

Respecto del Neonatal, destacó que Soria ya había informado ser usuaria del sistema público de salud, lo que no constituye causal de apartamiento.

Sobre el supuesto vínculo con Ariza, el tribunal valoró documentación que demuestra que Soria nunca cursó materias dictadas por la imputada.

Interpretó que las expresiones de duda de la jurado, relatadas en una entrevista periodística, eran comprensibles para quien afrontaba por primera vez esa función, y no constituían falta de imparcialidad.

Finalmente, el tribunal remarcó que el voto de Soria fue objetivo, ya que avaló condenas y absoluciones diferenciadas según cada imputado, lo que “desvirtúa cualquier alegato de parcialidad”.

Sistema por jurados

El fallo también se detuvo en la importancia del sistema de jurados populares en Córdoba, implementado en causas complejas como la del Neonatal.

La Cámara recordó que la imparcialidad de los jurados es una condición esencial del debido proceso y que, justamente por ello, se prevén múltiples instancias de control al momento de la selección.

En este sentido, destacó que la defensa tuvo oportunidad de formular preguntas y recusaciones durante la audiencia de voir dire y que la información consignada por Melina Abril Soria en el cuestionario era clara respecto de su condición de estudiante de enfermería y usuaria de la salud pública.

Para los jueces, lo alegado posteriormente no alcanza para invalidar un debate de ocho meses de duración, en el que participaron decenas de testigos y peritos.

Subrayaron que anular todo lo actuado significaría una grave revictimización de las familias y de los niños sobrevivientes.

Sigue la queja hasta el TSJ

Gustavo Nievas afirmó que la resolución está fundada en falacias y que la decisión no tiene relación con la prueba presentada. “Ocultó información porque, si bien dijo que fue paciente del sistema público, no dijo que fue del Neonatal, y mintió al decir que se enteró por los portales de noticias, porque la noticia estalló en agosto y ella en junio fue la última vez que asistió al hospital”, volvió a argumentar el abogado de la principal condenada.

Nievas anticipó que antes del fin de semana presentarán la casación por este rechazo a la nulidad y por la sentencia condenatoria. Ambas quejas irán al Tribunal Superior de Justicia (TSJ). Es esperable que los abogados de Escudero Salama y de Moralez sigan el mismo camino. Con la casación de la sentencia general, recurrirán por la nulidad los abogados de Asís, Gómez Flores y Carvajal, el resto de los condenados.